La Botica Normativa

Un sitio donde encontrar la normativa que afecta a la oficina de farmacia

  • Fachada
  • Píldoras informativas
  • Real Normacopea
    • Farmacia
    • Fiscalidad
    • Consumo
    • Comercio electrónico
    • Protección de datos
    • Local
You are here: Home / Farmacia / Control de temperaturas en la oficina de farmacia

Control de temperaturas en la oficina de farmacia

27 julio, 2014 por laboticanormativa

 Ignorar la existencia del termómetro en la oficina de farmacia puede acarrear sanciones que nos dejen helados.
controltemperaturas No hacer un registro correcto de las temperaturas máximas y mínimas en la farmacia, diariamente y a distintas horas cada día, puede acarrear una sanción de hasta poco más de 15.000 euros en la Comunidad de Madrid. La obligación de control de las temperaturas viene recogida en el artículo 11 de la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid: “Las oficinas de farmacia están obligadas a mantener las condiciones adecuadas de temperatura, humedad y luz adecuadas para garantizar la conservación de cada medicamento. Para controlar la adecuada temperatura: a)  Llevarán el registro diario de temperatura máxima y mínima, quedando también especificadas las actuaciones      llevadas a cabo en caso de anomalía; los citados registros se archivarán para su posterior comprobación.”

No sólo hay que tener termómetro de máximas y mínimas, también hay que saber leerlo y además registrarlo diariamente.

Porque la norma lleva implícita una amenaza: “los citados registros se archivarán para su posterior comprobación.” Y esa posterior comprobación se llevará a cabo por un Inspector de Sanidad que se puede encontrar con distintas situaciones, las cuales, en mayor o menor medida aumentarán las arcas de la Consejería de Sanidad. A saber:

  • No hay termómetro o el termómetro no funciona, que viene a ser lo mismo, en términos de cuantía de la sanción.
  • El que decimos es el encargado de la lectura de las temperaturas demuestra al Inspector que no tiene idea de cómo se miden… Esto no le va a gustar nada a nuestra caja.
  • No se lleva el registro de temperaturas, no está actualizado, hay huecos en días sin registrar… Estamos incumpliendo y nos van a sancionar a discreción.controltemperaturas1
  • Y las más sibilina de todas: tenemos termómetro, funciona, el encargado de la medición sabe leer el termómetro pero… El registro de temperaturas muestra que se toman todos los días a la misma hora y las temperaturas son casi idénticas, así que el Inspector no se lo cree y nos sanciona igualmente, normalmente con una cantidad módica, unos 3.000 euros.

  
Conclusión: si no queremos sofocarnos o quedarnos completamente congelados ante la Inspección de Sanidad, echémosle un ojo al termómetro y revisemos nuestros registros de temperaturas.

Filed Under: Farmacia Tagged With: control, farmacia, sanciones, temperatura

Copyright © 2025 · Genesis Sample Theme en Genesis Framework · WordPress · Log in